Regl. 3929, art. 13-4

Procedimiento con Delegados Certificad y Demás

Length: 88 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 13-4

Membresía del Concilio En caso de que un delegado certificado O cualquier otra persona de la membresía del Concilio cometa alguna acción que violente contra lo estipulado en la Sección 1 de este Artículo se celebrará una reunión en la que estarán presentes los miembros de la Directiva General, el delegado elegido para estos casos, la persona que haya incurrido en la falta y los miembros de la Directiva O representantes oficiales de la organización a la que pertenece, en la cual se decidirá la acción a tomar.
Regl. 3929, art. 13-4: Procedimiento con Delegados Certificad y Demás | Justis AI