Regl. 3929, art. 2
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Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 2
Se crea el Concilio de Organizaciones Juveniles de
Puerto Rico, adscrito a la Oficina de Asuntos de la Juventud,
por la Orden Administrativa #1, expedida por el Director
Ejecutivo el 25 de marzo de 1986, en armonía con lo dispuesto
en los Incisos 9 y 13 del Artículo 7, de la Ley 34 del 13 de
julio de 1978.