Regl. 3929, art. 6-6
Reglamento del Concilio de Organizaciones Juveniles.
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Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 6-6
En caso de que alguna de las organizaciones miembros del
Concilio no tenga representación en más de la mitad de las
actividades y/o tres (3) reuniones efectuadas durante el año
fiscal de trabajo, se disuelve la organización u ocurra algún
problema el cual requiera el retiro de dicha organización de
la membresÃa del Concilio, se requerirá una mayorÃa de dos
terceras (2/3) partes de la cantidad de delegados presentes
del Concilio por votación secreta para poder eliminar una
organización de la matrÃcula del Concilio. Estos casos se
pueden discutir y tomar decisiones al respecto en una reunión
ordinaria, pero para discutir ese tópico se requerirá un
quorum igual a la mayorÃa requerida mencionada anteriormente
en esta sección.
1. La organización recibirá hasta un máximo
de tres notificaciones las cuales serán
enviados por correo certificado con acuse
de recibo. A la tercera notificación sin
respuesta, el asunto se llevará ante la
consideración de-la Asamblea.
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