Regl. 3929, art. 6-6

Reglamento del Concilio de Organizaciones Juveniles.

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Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 6-6

En caso de que alguna de las organizaciones miembros del Concilio no tenga representación en más de la mitad de las actividades y/o tres (3) reuniones efectuadas durante el año fiscal de trabajo, se disuelve la organización u ocurra algún problema el cual requiera el retiro de dicha organización de la membresía del Concilio, se requerirá una mayoría de dos terceras (2/3) partes de la cantidad de delegados presentes del Concilio por votación secreta para poder eliminar una organización de la matrícula del Concilio. Estos casos se pueden discutir y tomar decisiones al respecto en una reunión ordinaria, pero para discutir ese tópico se requerirá un quorum igual a la mayoría requerida mencionada anteriormente en esta sección. 1. La organización recibirá hasta un máximo de tres notificaciones las cuales serán enviados por correo certificado con acuse de recibo. A la tercera notificación sin respuesta, el asunto se llevará ante la consideración de-la Asamblea. -7-
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