Regl. 9301, art. 2.3 dup2
Deberes y Responsabilidades de los Licitadores
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Cite as Reglamento Núm. 9301, Art. 2.3 dup2
Toda persona natural o jurídica interesada en participar en cualquier proceso de compra
gubernamental mediante cualquier método de licitación o compra excepcional del
Gobierno de Puerto Rico, tendrá los siguientes deberes y responsabilidades:
a. Inscribirse en el RUL conforme a los procedimientos establecidos en este
Reglamento y al procedimiento adoptado para su registro en línea.
b. Mantener actualizada su información en el RUL y los documentos requeridos para
permanecer elegibles; así como realizar el pago correspondiente para ingresar y
renovar su inscripción en el RUL.
c. Proveer o permitir que la ASG pueda obtener todos los documentos acreditativos
necesarios para la evaluación de su solicitud de ingreso al Registro. Entre otras
cosas, expresamente autorizar a la ASG a solicitar información contributiva que se
encuentre bajo custodia del Departamento de Hacienda.
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d. Cumplir con los términos y condiciones que se establezcan en el método de
licitación, así como con los términos y condiciones del contrato que se le adjudique
o que se le otorgue.
e. Permitir que la ASG investigue sus instalaciones físicas.
f. Cumplir diligentemente con todos los requerimientos de información que le solicite
la ASG.
g. Someterse y cumplir con todos los procedimientos y requisitos que se establecen
en este Reglamento.
h. Cualquier otra obligación que el Administrador ordene incluir y que en derecho
proceda.
CAPÍTULO III
PROCEDIMIENTO DE INGRESO AL REGISTRO