Regl. 9301, art. 2.3 dup2

Deberes y Responsabilidades de los Licitadores

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Cite as Reglamento Núm. 9301, Art. 2.3 dup2

Toda persona natural o jurídica interesada en participar en cualquier proceso de compra gubernamental mediante cualquier método de licitación o compra excepcional del Gobierno de Puerto Rico, tendrá los siguientes deberes y responsabilidades: a. Inscribirse en el RUL conforme a los procedimientos establecidos en este Reglamento y al procedimiento adoptado para su registro en línea. b. Mantener actualizada su información en el RUL y los documentos requeridos para permanecer elegibles; así como realizar el pago correspondiente para ingresar y renovar su inscripción en el RUL. c. Proveer o permitir que la ASG pueda obtener todos los documentos acreditativos necesarios para la evaluación de su solicitud de ingreso al Registro. Entre otras cosas, expresamente autorizar a la ASG a solicitar información contributiva que se encuentre bajo custodia del Departamento de Hacienda. 18 d. Cumplir con los términos y condiciones que se establezcan en el método de licitación, así como con los términos y condiciones del contrato que se le adjudique o que se le otorgue. e. Permitir que la ASG investigue sus instalaciones físicas. f. Cumplir diligentemente con todos los requerimientos de información que le solicite la ASG. g. Someterse y cumplir con todos los procedimientos y requisitos que se establecen en este Reglamento. h. Cualquier otra obligación que el Administrador ordene incluir y que en derecho proceda. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO DE INGRESO AL REGISTRO
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