Regl. 3929, art. 7-10
Coordinador
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Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 7-10
El Coordinador será nombrado por el Director, y será un
empleado de la Oficina. Sólo tendrá derecho a voz en las
reuniones del Concilio y Directiva General. Los deberes del
Coordinador son:
1. Aconsejar a la Directiva General sobre asuntos de
importancia para el Concilio.
2. Representar a la Oficina en todas las reuniones
del Concilio.
3. Asistir a todas las reuniones de delegados y de
Directiva General del Concilio.
4. Ser el enlace entre el Concilio y la Oficina en
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todo momento.