Regl. 3929, art. 7-10

Coordinador

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Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 7-10

El Coordinador será nombrado por el Director, y será un empleado de la Oficina. Sólo tendrá derecho a voz en las reuniones del Concilio y Directiva General. Los deberes del Coordinador son: 1. Aconsejar a la Directiva General sobre asuntos de importancia para el Concilio. 2. Representar a la Oficina en todas las reuniones del Concilio. 3. Asistir a todas las reuniones de delegados y de Directiva General del Concilio. 4. Ser el enlace entre el Concilio y la Oficina en -11- todo momento.
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