Regl. 9306, art. 102

PROPÓSITO

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Cite as Reglamento Núm. 9306, Art. 102

Este Reglamento se promulga para cumplir con los siguientes propósitos: A. Establecer requisitos para la evaluación de las actividades relacionadas con los SRS. B. Atemperar los requisitos aplicables al diseño y la operación de los SRS a los establecidos en la reglamentación federal aplicable, específicamente el Título 40 del Código de Reglamentación Federal ("CFR"), Parte 258, de conformidad con el acuerdo de delegación con la Agencia Federal de Protección Ambiental bajo el cual el DRNA administra el programa de permisos para los SRS de Puerto Rico. C. Establecer los requisitos para el diseño, la construcción, la operación, el cierre y mantenimiento posterior al cierre de los SRS nuevos 0 existentes, sus unidades y 1 Reglamento para los SRS expansiones laterales, excepto cuando se disponga otra cosa en este Reglamento. Dichos requisitos cumplirán con los criterios mínimos de Resource Conservation and Recovery Act, según enmendada, la cual aplica a todos los SRS. Igualmente cumplirá con el Clean Water Act, según enmendada, la que aplica a todos los SRS utilizados para la disposición de cienos, y el new source performance standard del Clean Air Act, según enmendada. D. Establecer los requisitos e incluir prohibiciones sobre la disposición de ciertos desperdicios en los SRS, en virtud de la política pública vigente sobre el manejo de los desperdicios sólidos. E. Establecer los requisitos de permiso y otras autorizaciones con los que deben cumplir los dueños u operadores de los SRS, así como los procedimientos administrativos mediante los que se otorgarán los mismos. F. Establecer mecanismos de dispensas y otras autorizaciones. G. Establecer los cargos asociados a permisos y otras solicitudes. H. Cualquier otro propósito que sea cónsono con las disposiciones contenidas en este Reglamento.
Regl. 9306, art. 102: PROPÓSITO | Justis AI