Regl. 3929, art. 9-2

Reglamento del Concilio de Organizaciones Juveniles.

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Cite as Reglamento Núm. 3929, Art. 9-2

Las nominaciones para cada cargo se entregarán por escrito al Parlamentarista del Concilio. Estas deberán incluir el nombre, la organización a la que pertenece, la edad, el puesto al cual se nomina y notificar si aspira a esa -13- posición por primera vez O es para ser reelecto. Las nominaciones cerrarán diez (10) días laborables antes de las elecciones según el horario de trabajo de la Oficina.
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