Regl. 9313, art. 5-5
PAGO A LOS SOCIOS POR ACCIONES o PARTICIPACIONES EN LA
Cite as Reglamento Núm. 9313, Art. 5-5
COOPERATIVA
a. Cuando cualquier socio le solicite por escrito a una cooperativa en proceso de
fusionarse, fusionarse voluntariamente asistida, o consolidarse voluntariamente el
pago de sus acciones, la cooperativa concernida pagará a dicho socio la cantidad
de dinero indicada en los documentos que acreditan la participación del socio en
AAA
los bienes de la cooperativa, siguiendo el trámite que disponen los Artículos 4.05,
6.05 y 6.06 de la Ley 255-2002.