Regl. 3936, art. 11
- DETERMINACION FINAL DEL ADMINISTRADOR:
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Cite as Reglamento Núm. 3936, Art. 11
Una vez culminado el procedimiento de
reconsideracion la determinacion del Administrador serÃ
tomada dentro del termino de quince (15) dias de que el
Oficial Examinador le haya rendido su informe. La
determinacion será notificada al recurrente por correo
certificado y con acuse de recibo, dentro de los cinco (5)
dias siguientes de haberse emitido la determinacion.
En la notificación se advertirà al recurrente de
su derecho a presentar apelacion ante la Junta de Sindicos
dentro de los treinta (30) dias siguientes a la fecha del
deposito en el correo de la notificación.
La determinación del Administrador advendrá final
y firme transcurridos treinta (30) dias desde la fecha del
deposito en el correo de dicha notificacion.