Regl. 3936, art. 4

- DETERMINACION DEL ADMINISTRADOR:

Length: 109 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3936, Art. 4

Dentro de los ciento veinte (120) dias siguientes de haberse completado el expediente, el area O division correspondiente procederá a evaluar la reclamación O solicitud, a hacer las investigaciones pertinentes y conforme a la prueba recibida, tomará la determinación concediendo O denegando total O parcialmente la reclamacion 0 solicitud. -5- La Administracion notificara su determinación por correo, exponiendo las razones para la concesion O denegación de lo solicitado, advirtiendo al solicitante de su derecho a solicitar reconsideración dentro de los proximos treinta (30) dias. En los casos en que se deniegue total O parcialmente la reclamacion O solicitud, la notificación se enviarà por correo certificado con acuse de recibo.
Regl. 3936, art. 4: - DETERMINACION DEL ADMINISTRADOR: | Justis AI