Regl. 3937, art. 4
PREPARACION DE REGLAMENTOS
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Cite as Reglamento Núm. 3937, Art. 4
1. Siempre que sea necesario para alguna division, oficina O área del Sistema la creación de un Reglamento, lo
coordinará con la Oficina de Asuntos Legales.
Los directores de las divisiones, oficinas 0 áreas
del Sistema deberán colaborar en el estudio, revision e
implantacion de las normas y disposiciones a establecerse
mediante la adopción de reglas y reglamentos en los casos en
que la unidad a su cargo tenga participación directa 0 que
se requiera de su asesoramiento técnico.
2. Todo Reglamento a establecerse será revisado por el
Asesor Legal del Sistema.
3. Con el propósito de garantizar uniformidad en la
presentación y estilo su preparación obedecerá al siguiente
patrón y contenido:
REGLA PROPOSITO Se desarrolla la intencion que
persigue la adopción O enmienda del
Reglamento, y a que personas,
entidades u organismo aplican las
disposiciones del mismo.
REGLA
TITULO
Se establece el nombre por el
cual se conocerá el reglamento.
REGLA BASE LEGAL- Se hace referencia especifica de
la disposición legal que autoriza
la adopción O enmienda de dicho
reglamento; y las disposiciones
de ley que el reglamento implemente
complemente O interprete.
REGLA DEFINICIONES O TERMINOS Se definen los
terminos utilizados en el
reglamento que por no ser de
uso común, por ser técnicos O
especializados O por conside-
Parse fundamentales para la
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interpretación del reglamento,
se estime necesario definir.
REGLA CUERPO DEL REGLAMENTO Se presentan en
articulos O secciones todos los
aspectos del reglamento.
REGLA CLAUSULA DE SEPARABILIDAD Se salvaguarda
el contenido del Reglamento, en
el caso de que alguna de sus
partes fuese declarado inconstitucional por un tribunal
competente.
REGLA CLAUSULA DEROGATIVA Se indican las reglas
0 reglamentos que se derogan O
enmiendan establecer el nuevo
estatuto y se establece que
cualquier otra disposición es
derogada al establecerse las
nuevas disposiciones.
REGLA VIGENCIA
Establece el momento a partir
del cual el reglamento entrará
en vigor.
REGLA APROBACION
FIRMAS
Se estampan las firmas en tinta
de la autoridad que aprueba el
reglamento con su nombre y
titulo