Regl. 393, art. II
Requisitos para acogerse al Programa:
Cite as Reglamento Núm. 393, Art. II
Para acogerse a los beneficios del Programa los solicitantes deben
llenar los requisitos siguientes:
1- Ser un campesino de escasos recursos económicos u obrero agrÃco-
1a.
2- Tener una familia constituÃda o ser jefe de familia, cuyo ingreso bruto combinado no exceda de $2,000 al año.
3- E1 solicitante debe tener uno de los siguientes derechos sobre
las fincas que explota:
(2)
a- Derecho de propiedad a tÃtulo de posesión o de dominio
b- Derecho de arrendamiento
C- Derecho de usufructo
d- Derecho de uso a pasto comunal
En caso de que alguno de los derechos de propiedad antes mencionados sea a término, éste no será menor del tiempo que se
requiera para el cumplimiento del contrato.
4- La cabida total de todas las fincas del solicitante no excederá de diez (10) cuerdas de terreno cultivable.
5- Para la adquisición de vacas o novillas, el solicitante deberá
disponer, por lo menos, de una cuerda de terreno dedicado a
yerba de pastoreo o media cuerda de yerba de corte, disponiéndose, que podrán tener derecho a la adquisición de vacas o novillas aquellos solicitantes que tengan derecho de uso a un
predio de terreno dedicado a pasto comunal. Dicho pasto debe
estar reglamentado en cuanto a cultivo y cuidado del mismo.
Para la adquisición de cabras, el solicitante deberá disponer de
por 10 menos un quadro (1/4 de cuerda) de terreno.
6- Tener un sitio adecuado para el mantenimiento y protección del
animal a adquirirse o comprometerse a proveer un sitio para
dicho propósito.
7- Disponer de la capacidad necesaria para poder cumplir con las
obligaciones que contraiga al acogerse a los beneficios del Programa.
8- No poseer en calidad de dueño, un animal del tipo de los que se
distribuyen bajo el Programa, disponiéndose, que personas que
posean cabras serán elegibles para la adquisición de vacas o
novillas.