Regl. 393, art. II

Requisitos para acogerse al Programa:

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Cite as Reglamento Núm. 393, Art. II

Para acogerse a los beneficios del Programa los solicitantes deben llenar los requisitos siguientes: 1- Ser un campesino de escasos recursos económicos u obrero agríco- 1a. 2- Tener una familia constituída o ser jefe de familia, cuyo ingreso bruto combinado no exceda de $2,000 al año. 3- E1 solicitante debe tener uno de los siguientes derechos sobre las fincas que explota: (2) a- Derecho de propiedad a título de posesión o de dominio b- Derecho de arrendamiento C- Derecho de usufructo d- Derecho de uso a pasto comunal En caso de que alguno de los derechos de propiedad antes mencionados sea a término, éste no será menor del tiempo que se requiera para el cumplimiento del contrato. 4- La cabida total de todas las fincas del solicitante no excederá de diez (10) cuerdas de terreno cultivable. 5- Para la adquisición de vacas o novillas, el solicitante deberá disponer, por lo menos, de una cuerda de terreno dedicado a yerba de pastoreo o media cuerda de yerba de corte, disponiéndose, que podrán tener derecho a la adquisición de vacas o novillas aquellos solicitantes que tengan derecho de uso a un predio de terreno dedicado a pasto comunal. Dicho pasto debe estar reglamentado en cuanto a cultivo y cuidado del mismo. Para la adquisición de cabras, el solicitante deberá disponer de por 10 menos un quadro (1/4 de cuerda) de terreno. 6- Tener un sitio adecuado para el mantenimiento y protección del animal a adquirirse o comprometerse a proveer un sitio para dicho propósito. 7- Disponer de la capacidad necesaria para poder cumplir con las obligaciones que contraiga al acogerse a los beneficios del Programa. 8- No poseer en calidad de dueño, un animal del tipo de los que se distribuyen bajo el Programa, disponiéndose, que personas que posean cabras serán elegibles para la adquisición de vacas o novillas.
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