Regl. 393, art. V
Orden en la Selección de Candidatos:
Cite as Reglamento Núm. 393, Art. V
Cuando haya la necesidad de seleccionar beneficiarios de entre un
grupo que haya cualificado para acogerse al Programa, estos se seleccionarán mediante el orden de prioridades siguientes:
1- Tamaño de la familia
2- Número de hijos, 0 dependientes menores de edad
3- Fecha de radicación de la solicitud
ArtÃculo VI- Selección de los animales a ser Adquiridos:
Las vacas, novillas y cabras lecheras que se compren bajo este
Programa serán inspeccionadas y llenarán los siguientes requisitos:
1- Serán de razas lecheras reconocidas, puras, o cruces de éstas.
2- Las novillas estarán empadronadas o próximas a empadronarse.
3- Las vacas no podrán tener más de dos partos, o perÃodos de
lactación.
4- Los animales deberán estar en buen estado de salud.
5- Las vacas y novillas deberán haber sido sometidas, y haber
reaccionado negativo a las pruebas de tuberculosis y aborto
contagioso.
6- Las cabras deberán ser jóvenes, empadronadas o próximas a
empadronarse, y no deben tener más de dos partos.