Regl. 3941, art. 73-4
SELECCION DE LOS LUGARES DONDE SE ESTABLECERAN
Cite as Reglamento Núm. 3941, Art. 73-4
PROYECTOS
1. Las familias se constituyen en un grupo de interés y
manifiestan a la Administración su deseo de participar
del Programa.
2. Técnicos en Planificación de la Administración,
identificarán los lugares a base de las necesidades de
vivienda, citarán las familias a una reunión para
explicarles el Programa y motivarles a solicitar un
Proyecto para su comunidad.