Regl. 3941, art. 73-4

SELECCION DE LOS LUGARES DONDE SE ESTABLECERAN

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Cite as Reglamento Núm. 3941, Art. 73-4

PROYECTOS 1. Las familias se constituyen en un grupo de interés y manifiestan a la Administración su deseo de participar del Programa. 2. Técnicos en Planificación de la Administración, identificarán los lugares a base de las necesidades de vivienda, citarán las familias a una reunión para explicarles el Programa y motivarles a solicitar un Proyecto para su comunidad.
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