Regl. 3941, art. 73-5

SELECCION DE LOS PARTICIPANTES

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Cite as Reglamento Núm. 3941, Art. 73-5

1. Los participantes del Programa de Vivienda a Bajo Costo serán seleccionados de entre aquellas personas que hayan expresado su interés en acogerse a los beneficios del Programa y cumplan con los siguientes requisitos: a. Solicitar participación en el Proyecto. b. Estar disfrutando legalmente de un predio de terreno donde pueda edificarse una vivienda, que cumpla con los requisitos establecidos por las agencias reguladoras y tenga una topografia adecuada. C. Ser jefe de familia O persona sola que cualifique según lo establecido en el Reglamento Para la Adjudicación y Disposición de Parcelas Bajo el Título V de la Ley de Tierras, entendiéndose que en lo relativo a los ingresos, se aplicará en el concepto aceptado de familia de escasos ingresos establecidos por la Junta de Planificación. -3- d. Establecer la necesidad de una vivienda adecuada. e. Comprometerse a aportar su trabajo personalmente y sin remuneración O a pagar la mano de obra necesaria para la construcción de su vivienda. f. Demostrar que cuenta con los recursos económicos necesarios para satisfacer el pago de su deuda con la Administración.
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