Regl. 3941, art. 73-5
SELECCION DE LOS PARTICIPANTES
Cite as Reglamento Núm. 3941, Art. 73-5
1. Los participantes del Programa de Vivienda a Bajo
Costo serán seleccionados de entre aquellas personas
que hayan expresado su interés en acogerse a los
beneficios del Programa y cumplan con los siguientes
requisitos:
a. Solicitar participación en el Proyecto.
b. Estar disfrutando legalmente de un predio de
terreno donde pueda edificarse una vivienda,
que cumpla con los requisitos establecidos
por las agencias reguladoras y tenga una
topografia adecuada.
C.
Ser jefe de familia O persona sola que
cualifique según lo establecido en el
Reglamento Para la Adjudicación y
Disposición de Parcelas Bajo el TÃtulo V de
la Ley de Tierras, entendiéndose que en lo
relativo a los ingresos, se aplicará en el
concepto aceptado de familia de escasos
ingresos establecidos por la Junta de
Planificación.
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d. Establecer la necesidad de una vivienda
adecuada.
e.
Comprometerse a aportar su trabajo
personalmente y sin remuneración O a pagar
la mano de obra necesaria para la
construcción de su vivienda.
f. Demostrar que cuenta con los recursos
económicos necesarios para satisfacer el
pago de su deuda con la Administración.