Regl. 3943, art. 5
PROCEDIMIENTO DE VISTA ADMINISTRATIVA
Cite as Reglamento Núm. 3943, Art. 5
La determinación de que se ha incurrido en una violación
a cualesquiera de las dos (2) situaciones contempladas en
el Artículo 5 de este reglamento, se hará mediante el
procedimiento de adjudicación formal según establecido en
el Reglamento para Regular los Procedimientos de
Adjudicación Formal en el Departamento de la Vivienda y
sus agencias adscritas del 6 de febrero de 1989.
-6-