Regl. 3951, art. 30
La cesión de hipotecas que no conlleva un traspaso
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Cite as Reglamento Núm. 3951, Art. 30
de administración no requerirá aprobación de la Agencia, pero será
notificada a ésta mediante el envío de una copia de la relación de
préstamos preparada para la transacción.
DE LOS CARGOS AUTORIZADOS