Regl. 3951, art. 30-31
El Asegurado podrá imputar al deudor hipotecario
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Cite as Reglamento Núm. 3951, Art. 30-31
cargos por concepto de gastos a tipos no mayores de los que establezca
la Agencia. Los cargos a imputarse sólo podrán ser por los siguientes
conceptos:
1. Derechos por solicitud de la Promesa de Asegurabilidad.
2. Pago adelantado de los cargos por concepto de tasación
de la propiedad.
3. Cargos por concepto de inspección.
4. Gastos por servicios administrativos en la tramitación
del préstamo.
5. Honorarios de abogados, estampillas de Rentas Internas
y forenses e investigaciones de titulo y crédito.
6. E1 pago adelantado de la prima correspondiente al primer
año del seguro sobre la propiedad.
7. El pago por adelantado de la prima correspondiente al
seguro de garantia de hipoteca.
8. Los intereses sobre la cantidad adeudada, computados
desde la fecha de otorgamiento del préstamo hasta el
dÃa anterior en que el préstamo empieza a devengar
intereses pagaderos en la primera mensualidad.
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9. Cualquier otro cargo que el Banco requiera 0 autorice.
DE LAS MENSUALIDAES