Regl. 9329, art. 10-10.9
Enmienda al Reglamento para la Adquisición y Venta de Equipo, Materiales y Servicios No Profesionales de la Corporación del Centro Cardiovascular de Puerto Rico y del Caribe.
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Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 10-10.9
Uso del Registro
Cada Asistente de Compras revisará que el licitador esté elegible en el
Registro de Licitadores, previo a emitir una Orden de Compras O Servicio y se
asegurará que todos los documentos de los licitadores que ya forman parte del
mismo estén al dÃa. Si del análisis surge que es necesario que el licitador
registrado someta información adicional reciente, se le remitirá a dicho licitador
registrado una notificación que contenga la información y documentación
necesaria para mantener su elegibilidad.
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