Regl. 9329, art. 15-15.3
Fianzas de Ejecución
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Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 15-15.3
No se requerirán fianzas de ejecución, excepto en los casos que se
estime pertinente, y ello será determinado por el Gerente de Servicios y
Materiales, con el visto bueno del Sub Director Ejecutivo.