Regl. 9329, art. 18-18.3

- Comités Técnicos

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Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 18-18.3

La Junta de Subastas, en el descargo de sus funciones, podrá solicitar al Director Ejecutivo que nombre Comités Técnicos O asesores individuales para que le asesoren en la evaluación y análisis de las cotizaciones. Los Comités Técnicos estarán compuestos de por lo menos tres (3) miembros, quienes serán personas distintas a los miembros de la Junta de Subastas.
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