Regl. 9329, art. 18-18.4

Recursos asignados a la Junta de Subastas

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Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 18-18.4

El Director Ejecutivo, previa recomendación del Presidente de la Junta de Subastas, nombrará un Secretario para la Junta de Subastas, quien no será miembro de la Junta de Subastas, por lo cual no tendrá derecho al voto. Proveerá además los recursos necesarios para facilitar las operaciones de la Junta de Subastas, incluyendo, entre otros: personal, facilidades físicas, equipo y una asignación de presupuesto. Todos estos recursos estarán a la disposición del Secretario de la Junta de Subastas.
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