Regl. 3951, art. 54-55

Todo inmueble con relación al cual se solicite de

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Cite as Reglamento Núm. 3951, Art. 54-55

la Agencia la expedición de una Promesa de Asegurabilidad Condicional 0 Permanente, reunirá entre otros, los siguientes requisitos: 1. Que sea una estructura permanente de tipo convencional 0 prefabricada, diseñada conforme a las leyes, normas y reglamentos de construcción vigentes en Puerto Rico. 2. Que las dimensiones horizontales y verticales y áreas de las habitaciones, los dormitorios, la sala, el comedor, la cocina y el baño, asf como de cualquier combinación de éstos, tales como sala-comedor, sala-comedor-cocina, comedor cocina, estén conformes con los reglamentos de la Junta de Planificación de Puerto Rico. 3. Que se haya expedido los correspondientes permisos de construcción o de uso por la Junta de Planificación. 4. Que a toda unidad a construirse se le provea de un servicio sanitario, el cual deberá estar localizado, preferiblemente, entre dos habitaciones-dormitorios y que no requiera, hasta donde sea posible, el paso por algunas de las dependencias de la casa para llegar al mismo. 5. Que en caso de que no exista alcantarillado sanitario, se permitirá la construcción de un pozo séptico y filtrante, siempre y cuando la percolación del terreno lo permita 0 se demuestre que el pozo filtrante puede derramar sus aguas, sin afectar la salud, mediante zanjas ciegas 0 mediante cualquier otra forma que permita el uso del pozo séptico por un término de tiempo razonable sin requerir una limpieza del mismo. En todo caso en que exista alcantarillado sanitario, se requerirá la acometida al mismo. 6. La ubicación 0 localización de la casa dentro del solar se ajustará a los requisitos minimos de patios laterales 21 que requiera la Junta de Planificación. La sola aprobación de la localización de la estructura en el solar por parte de la Junta de Planificación, será suficiente para la aceptación de las dimensiones y la cabida del solar. 7. Que toda unidad a construirse, a mejorarse 0 adquirirse, tenga un sistema de energía eléctrica aprobado por la Autoridad de las Fuentes Fluviales. La expedición del permiso de uso por parte de la Junta de Planificación 0 la instalación del contador de energía eléctrica por la Autoridad de las Fuentes Fluviales, será prueba suficiente de que el sistema ha sido aprobado por dicha Autoridad. 8. Que en caso de la adquisición de una estructura existente, ésta podrá ser de materiales tales como concreto armado, hormigón y bloques, mixta 0 totalmente de madera. La promesa de asegurabilidad se otorgará por un término que no exceda el 80% de la vida estimada probable (vida útil) de la estructura. Al determinar la vida útil de la estructura, se dará consideración por separado a los distintos tipos de materiales de construcción que forman la estructura, así como a su condición 0 estado de conservación. En casos de la construcción 0 mejoras a una estructura, ésta podrá ser de materiales de construcción tales como, hormigón y bloques, mixta 0 totalmente de madera. La promesa de asegurabilidad se otorgará por un término que no podrá exceder el término máximo determinado por el Banco mediante reglamentación al respecto para préstamos de construcción, adquisición 0 mejoras en los distintos tipos de materiales. 9. No se expedirá Promesas Condicionales 0 Permanentes para introducir mejoras a viviendas con materiales que no puedan ser clasificados como permanentes. Se reputará permanente cualquier material que pueda tener un periodo de vida igual 0 mayor al 120% del término de tiempo por el cual se solicita la concesión del préstamo. 22 RADICACION DE QUERELLAS BAJO LA LEY DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO UNIFORME
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