Regl. 9329, art. 23-23.3
Análisis de la Junta de Subastas
Length: 54 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 23-23.3
La Junta de Subastas determinará, en primera instancia, cuales ofertas
son susceptibles de ser consideradas para adjudicación. Para ello tomará
en consideración la información contenida en el acta de apertura, en el
Informe del Recaudador, y en el Informe de Evaluación de la División de
Compras. Considerará además las disposiciones contenidas en este
Reglamento.