Regl. 9329, art. 23-23.9
Notificación de Adjudicación
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Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 23-23.9
El Secretario de la Junta de Subastas notificará el aviso de adjudicación a
los licitadores que participaron en la subasta, en un término no mayor de tres (3)
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dÃas, después de la Junta de Subasta haber adjudicado la misma. Notificará,
además, a la División de Compras y al Recaudador.
Sección
23.10
Modo de Notificación
La adjudicación se notificará al licitador mediante un "Aviso de Adjudicación, el
cuál se enviará por correo certificado a la dirección que aparezca en la oferta y
mediante facsÃmile O correo electrónico.
1. Contenido del Aviso de Adjudicación
Fecha del Aviso
Fecha de Adjudicación.
Nombre y dirección del licitador.
Número de la Subasta
Nombre de cada licitador, indicando las partidas adjudicadas a su favor y
la razón para rechazarle las partidas que no se le hayan adjudicado.
2. Advertencia:
Los procedimientos de adjudicación de subastas serán procedimientos
formales; su reglamentación y términos serán establecidos por la Corporación
del Centro Cardiovascular de Puerto Rico y del Caribe. La parte adversamente
afectada por esta decisión podrá, dentro del término de diez (10) dÃas a partir del
archivo en autos de copia del aviso de adjudicación de la subasta, presentar una
moción de reconsideración ante la Junta Revisión de Subastas Formales. La
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Junta de Revisión de Subastas Formales deberá considerarla dentro de los
quince (15) dÃas de haberse presentado. Si se tomare alguna determinación en
su consideración, el término para instar el recurso de revisión judicial empezará
a contarse desde la fecha en que se archiva en autos una copia de la
notificación de la decisión de la agencia O la entidad apelativa resolviendo la
moción. Si la fecha de archivo en autos de copia de la notificación de la orden 0
resolución es distinta a la del depósito en el correo de dicha notificación, el
término se calculará a partir de la fecha del depósito en el correo. Si la agencia
0 la entidad apelativa dejaré de tomar alguna acción con relación a la moción de
reconsideración dentro de los quince (15) dÃas de haberse presentando, se
entenderá que ésta ha sido rechazada de plano, y a partir de esa fecha
comenzará a correr el término para la revisión judicial. Si la moción de
reconsideración de subasta es oportunamente acogida dentro de los quince (15)
dÃas de su presentación por la agencia o entidad apelativa, ésta deberá emitir y
archivar la decisión tomada dentro de los treinta (30) dÃas siguientes a la
presentación de la moción de reconsideración. Si la agencia 0 la entidad
apelativa de la agencia acoge la moción de reconsideración, pero deja de tomar
alguna acción con relación a la moción dentro de los treinta (30) dÃas de ésta
haber sido presentada, perderá jurisdicción sobre la misma y el término para
solicitar la revisión judicial empezará a contarse a partir de la expiración de dicho
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término de treinta (30) dÃas salvo que la agencia O entidad apelativa, por justa
causa y dentro de los treinta dÃas (30), prorrogue el término para resolver por un
perÃodo que no que no excederá de quince (15) dÃas adicionales."
3. Advertencia en casos de Venta
Los efectos de que la adjudicación en casos de venta es susceptible de
variar. Si dentro de los diez (10) dÃas de notificársele al mayor postor éste no
recoge y paga los bienes, se le podrá adjudicar al segundo postor más alto; por
lo que los segundos y terceros postores deberán sostener sus ofertas por el
perÃodo que se establezca en el pliego de la subasta de ventas.
4. Nombre del Postor agraciado
5. Información adicional en la notificación de adjudicación
Además de la información contenida en el aviso de adjudicación, la
notificación del licitador O licitadores agraciados indicará lo siguiente:
6. Documentos que deberán someter antes la formalización del contrato.
7. El término de tiempo que tendrá para producir los mismos, el cual no será
menor de cinco (5) dÃas desde la fecha de notificación. En situaciones
excepcionales el licitador solicitará una prórroga para someter los
documentos. La Corporación se reserva el derecho de aceptar 0
denegar la prórroga, tomando en consideración lo más conveniente para
la Corporación.
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8. Advertencia a los efectos de que la adjudicación no obliga a la
Corporación hasta tanto se otorgue el contrato. Se le podrá solicitar al
licitador agraciado un proyecto de contrato.