Regl. 9329, art. 31-31.2
Empleados o agentes como asesores de licitadores
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Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 31-31.2
Ningún empleado O agente de la Corporación podrá colaborar, asesorar y
de ninguna forma participar en la preparación y redacción de las ofertas de los
suplidores interesados en participar de los procedimientos de adquisición venta.
Si un licitador tuviere dudas sobre los requisitos de forma para someter su
oferta, podrá solicitar y recibir información del Gerente de Servicios y Materiales
y/ O Supervisor de Compras 0 el funcionario delegado. Aspectos relacionados
con acuerdos, resoluciones O adjudicaciones de la Junta de Subastas,
solamente podrá solicitar y recibir información del Secretario de la Junta de
Subastas, quien asÃ, lo hará constar en un Acta en reunión extraordinaria con la
Junta de Subastas, y se le proveerá copia del acta de acuerdos al Director
Ejecutivo 0 su funcionario designado y al expediente de la subasta.
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