Regl. 9329, art. 31-31.2

Empleados o agentes como asesores de licitadores

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Cite as Reglamento Núm. 9329, Art. 31-31.2

Ningún empleado O agente de la Corporación podrá colaborar, asesorar y de ninguna forma participar en la preparación y redacción de las ofertas de los suplidores interesados en participar de los procedimientos de adquisición venta. Si un licitador tuviere dudas sobre los requisitos de forma para someter su oferta, podrá solicitar y recibir información del Gerente de Servicios y Materiales y/ O Supervisor de Compras 0 el funcionario delegado. Aspectos relacionados con acuerdos, resoluciones O adjudicaciones de la Junta de Subastas, solamente podrá solicitar y recibir información del Secretario de la Junta de Subastas, quien así, lo hará constar en un Acta en reunión extraordinaria con la Junta de Subastas, y se le proveerá copia del acta de acuerdos al Director Ejecutivo 0 su funcionario designado y al expediente de la subasta. 116
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