Regl. 9356, art. 10.1
REGLAMENTO DE TARIFAS Y USO DEL PUERTO DE PONCE
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Cite as Reglamento Núm. 9356, Art. 10.1
SERVICIO DE AGUA
TARIFA
Servicio de agua potable es como sigue:
Por Metro Cubico basado en la facturación del mercado de la AAA mas un cargo adicional de
un 20% de cargo administrativo.
Mangas
Suplidas por la embarcación.
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