Regl. 3962, art. III

Aplicabilidad y Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 3962, Art. III

Este Reglamento es aplicable a todas las Agencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, incluyendo las Corporaciones Públicas, Municipios y las Ramas Judicial y Legislativa. Además, aplica a la Entidad Designada, Federación de Instituciones Benéficas e Institucion Benéfica, tal como se definen las mismas en la Ley Núm. 168 y en este Reglamento. E1 propósito del mismo es establecer las normas para conducir una sola campaña de recaudación de fondos anual entre los empleados públicos para beneficio de las Instituciones Benéficas de la comunidad puertorriqueña, de forma segura y ordenada.
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