Regl. 3962, art. XII
Distribución de Fondos no Designados
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Cite as Reglamento Núm. 3962, Art. XII
Los fondos "no-designados", son aquellas contribuciones recibidas de
empleados quienes determinan no designar a instituciones benéficas en
particular o federaciones de instituciones benéficas, 0, quienes no designan la
cantidad total de su contribución anual a instituciones benéficas y/o
federaciones de instituciones beneficas. A estos efectos, el Consejo establecerá las normas para que la Entidad Designada distribuya los fondos no designados.
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