Regl. 1339, art. 5-0
con etiquetas que no hayan sido
Length: 331 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 1339, Art. 5-0
aprobadas por el Secretario.
"7. Una misma marca, nombre comercial, símbolo
O emblema no podrá ser usado en etiquetas O
litografías para gandures enlatados producidos
en Puerto Rico y para gandures importados para
ser enlatados en Puerto Rico y/o para gandures
enlatados importados.
"3. Ninguna etiqueta O litografía usada para gandures importados enlatados en Puerto Rico o
para gandures enlatados importados podrá contener
en su rotulación cualquier diseño, mapa, símbolo, representación, nombre, alusión, sigla,
abrevistura, palabra O conjunto de letras o
palabras que pueda asociarla con Puerto Rico, o
con un producto de Puerto Rico que pueda hacer
creer al consumidor que dichos gandures son
de Puerto Rico, O que establezca similitud
con los gandures producidos en Puerto Rico o
con las preferencias del consumidor de gendures
producidos en Puerto Rico. Lo información contenida en la rotulación no podrá ser tal, o
estar en tal forma escrita o abreviada, que
induzca O pueda inducir a confusión en cuanto
al origen, calidad o condición de los gandures
contenidos en el envase, O que pueda desvirtuar
la aplicación de alguna disposición de este
Reglamento.
"B. Requisitos de Rotulación para Cajas de Gandures
Enlatados.
"Las cajas que se usen para el empaque de
lates de gendures deberán estar rotuladas en forma
imprest y en letras claramente legibles, entre
9 -
otra, con la siguiente información:
"1. Nombre comercial O marca.
"2. Tamaño de las latas y centidad ce latas
por caja.
"3. Nombre y dirección del importador en letras
no menores de 1/4 pulgada de alto, en el
caso de gandures enlatados importados.
"4. Nombre y dirección del elaborador en letras
no menores de 1/4 pulgada de alto en caso
de gandures importados elaborados en Puerto
Rico.
"5. La frase "Gandures Verdes" O "Gandures Secos".
según sea el caso, en letras no menores de
una pulgada de alto.
"6. Clave de las latas de gandures contenidas
en la caja, la cual deberá aparecer por lo
menos en uno de los lados de la misma."