Regl. 9375, art. VI
CERTIFICACIONES
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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. VI
Este artículo desglosa las certificaciones que expide el Departamento de Educación a toda persona
que cumpla con los requisitos estipulados para ejercer en las distintas categorías de puestos de
personal docente, tanto en las escuelas públicas como privadas de Puerto Rico. Las certificaciones
especifican el nivel, la duración y la categoría según los siguientes criterios:
POR NIVEL
Preescolar
Elemental K-5
Secundario 6-12
K-12
Postsecundario
POR CATEGORÍAS
Maestros de Programas Académicos
Maestros de Programa de Educación Especial
Maestros de Programas Ocupacionales y No Ocupacionales
Maestros de Programas Montessori
Personal de Apoyo a la Docencia
Personal Docente Administrativo
Personal Docente de Nivel Postsecundario
Personal Docente Administrativo de Nivel Postsecundario
Personal de Apoyo a la Docencia en el Nivel Postsecundario
POR DURACIÓN
Provisional para Escuelas Públicas (DE-409), duración del nombramiento
Provisional de Escuelas Privadas 3 años
Certificado Regular 6 años
Certificado Vitalicio de por vida
ARTÍCULO VII. REQUISITOS GENERALES Y PROCESOS PARA LA SOLICITUD,
EXPEDICIÓN, RENOVACIÓN Y CANCELACIÓN DE CERTIFICADOS PARA EL
PERSONAL DOCENTE
Todo aspirante a certificarse para ejercer funciones de personal docente en Puerto Rico deberá
reunir y acreditar los siguientes requisitos establecidos por ley y en este reglamento:
1. Tener dieciocho (18) años de edad o más.
2. Tener la preparación académica y profesional requerida, así como otros requisitos, según se
dispone más adelante en este reglamento.
3. Haber aprobado las Pruebas para la Certificación de Maestros (PCMAS), conforme con las
normas establecidas mediante carta circular por el secretario del Departamento de
Educación.
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4. Haber aprobado y evidenciado los siguientes cursos:
Introducción al Niño Excepcional que incluya asistencia tecnológica e inclusión
Educación Especial intervención para la corriente regular
Integración de la Tecnología en la Educación, que incluya Enseñanza a Distancia y
Virtual
Historia de Puerto Rico
Historia de Estados Unidos
5. Someter toda evidencia documental de tipo personal y profesional que se requiera para este
propósito.
6. Solicitud Todo candidato que interese obtener un certificado regular de personal docente
deberá asegurarse de haber enviado las transcripciones de crédito a la División de
Reclutamiento y de cumplir con los requisitos requeridos y establecidos en el reglamento.
Departamento de Educación
División de Reclutamiento
PO Box 190759
San Juan P.R. 00919-0759
Para solicitar un certificado debe registrarse por medio de la página oficial del Departamento de
Educación, en el área de Recursos Humanos, en el Portal de Recursos Humanos o mediante el
siguiente enlace: https://recursoshumanos.dde.pr
Documentos que deben adjuntar según la solicitud:
SOLICITUD DE CERTIFICADO NUEVO
1. Certificación Médica que provee el Departamento de Educación (formulario 1) (6 meses de vigencia)
2. Copia del Certificado de Nacimiento, emitida por el Registro Demográfico o la entidad
correspondiente o tarjeta de residencia vigente o documento de naturalización vigente emitido por el
Servicio de Inmigración de los Estados Unidos de Norteamérica.
3. Certificado de Antecedentes Penales negativo y vigente, expedido por la Policía de Puerto Rico.
Este documento evidencia ausencia de violaciones a las leyes de orden público o a la moral en Puerto
Rico u otro país de residencia. Si el candidato reside en otra jurisdicción, deberá igualmente entregar el
Certificado Negativo de Antecedentes Penales, expedido por la agencia facultada para ello en la
jurisdicción de procedencia (6 meses de vigencia).
4. Certificación vigente de Cumplimiento de Pensión Alimentaria de menores expedida por la
Administración para el Sustento de Menores (ASUME), (30 días a 90 día de vigencia, según
corresponda).
5. Transcripción de Créditos oficial, esta transcripción deberá estar firmada y sellada por el registrador
de la institución de educación superior que confiere el grado o los créditos requeridos. Los candidatos
que hayan estudiado en el extranjero presentarán documentos oficiales de equivalencia de grado
expedidos por las autoridades competentes reconocidas para ello. La Transcripción de Crédito oficial es
un requisito para las rutas tradicional, de recertificación y alterna y deben ser enviadas de la universidad
al DE.
6. Aprobación de la Prueba para la Certificación de Maestros (PCMAS), según las normas que
establezca el Departamento de Educación.
7. Identificación vigente con foto ( licencia de conducir, pasaporte o real ID)
8. Foto del rostro con el fondo de un solo color. Esta debe ser apropiada, ya que será parte de la
identificación en el certificado.
9. Presentar evidencia de certificación Guía Montessori, licencia, colegiación vigente y/o registro
según requerido por ley o reglamento, en aquellos casos, cuya práctica profesional esté regulada.
10. Cualquier otro documento 0 evidencia que se requiera para este propósito.
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Todos los documentos deben estar digitalizados (PDF) para que los pueda subir a la plataforma
de Certificaciones Docente.
SOLICITUD DE RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO
El candidato solicitará la renovación del certificado de personal docente a partir de la
fecha de vencimiento de este
1. Certificación Médica que provee el Departamento de Educación (formulario 1) (6 meses de
vigencia).
2. Certificado de Antecedentes Penales negativo y vigente, expedido por la Policía de Puerto Rico.
Este documento evidencia ausencia de violaciones a las leyes de orden público o a la moral en Puerto
Rico u otro país de residencia. Si el candidato reside en otra jurisdicción, deberá igualmente entregar
el Certificado Negativo de Antecedentes Penales, expedido por la agencia facultada para ello en la
jurisdicción de procedencia (6 meses de vigencia).
3. Certificación vigente de Cumplimiento de Pensión Alimentaria de menores expedida por la
Administración para el Sustento de Menores (ASUME), (30 días a 90 día de vigencia, según
corresponda).
4. Identificación vigente con foto ( licencia de conducir, pasaporte o real ID).
5. Foto del rostro con el fondo de un solo color. Esta debe ser apropiada, ya que será parte de la
identificación en el certificado.
6. Presentar evidencia de certificación -Guía Montessori, licencia, colegiación vigente y registro
según requerido por ley o reglamento, en aquellos casos, cuya práctica profesional esté regulada.
7. Cualquier otro documento 0 evidencia que se requiera para este propósito.
7. Consideraciones adicionales al solicitar Si el aspirante solicita un certificado que requiera
experiencia docente y este tiene experiencia de trabajo en las escuelas privadas de Puerto
Rico o en las escuelas públicas y privadas de los Estados Unidos de Norteamérica entregará
una certificación original detallada por año escolar, que indique el día, mes y año de
comienzo y terminación del empleo, expedida por las instituciones correspondientes. Esta
certificación deberá contener una evaluación satisfactoria de su desempeño docente.
8. Expedición Se expedirá el certificado regular de personal docente solicitado, en
conformidad con las siguientes disposiciones:
a. Solo se tramitarán las solicitudes que estén completas, y con todos los documentos
vigentes requeridos.
b. El DE mantendrá, para fines de auditorías, todos los documentos requeridos con la
solicitud en plataforma. Para fines de expediente, solo se guardará la evidencia de
emisión del certificado.
C. El DE evaluará la credencial de grado profesional obtenido por el candidato,
mediante educación a distancia en conformidad con el estatus de acreditación de la
institución de educación superior que otorga el grado con una de las agencias
acreditadoras regionales de los Estados Unidos de Norteamérica.
d. Candidatos con grados conferidos en el extranjero serán evaluados individualmente
y en sus méritos, una vez presenten los documentos oficiales de equivalencia de
grado y cualquiera otra evidencia que el DE estime necesaria.
e. El DE emitirá certificados digitales mediante la plataforma de Recursos Humanos.
En casos meritorios, se entregarán personalmente o por correo regular.
f. Cancelación El secretario podrá cancelar el certificado correspondiente al personal
docente que haya incurrido en cualesquiera de las causas especificadas en la Ley
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núm. 115 de 30 de junio de 1965, según enmendada, siguiendo los procedimientos
establecidos.
g.
Anulación - La División de Certificaciones Docentes podrá, por delegación expresa
del secretario de Educación, anular un certificado regular de personal docente que
haya sido otorgado contrario a cualquier disposición de reglamento o de ley.
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