Regl. 9375, art. VIII-13
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. VIII-13
RUTA DE RECERTIFICACIÓN
Poseer un certificado regular de maestro y:
1. Una concentración menor o especialidad de (18crs.) que incluya la metodologÃa de enseñanza en Educación de Adultos o
AndragogÃa. Estos cursos pueden ser a nivel de bachillerato o maestrÃa o la combinación de ambos niveles.
2. Certificación en AndragogÃa con un mÃnimo de trescientas cincuenta (350) horas contacto, que incluya las siguientes áreas:
Legislación y conceptos básicos de la enseñanza de adultos
Métodos y estrategias de la enseñanza de adultos
Planificación e implementación del programa de adultos
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