Regl. 9375, art. XIII-7
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. XIII-7
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1. Poseer un certificado regular de maestro de Programas Académicos (Art. VIII), Educación Especial
1. MaestrÃa o doctorado en *Administración y
(Art. IX), Programa Ocupacional (Art. X), Programas Montessori (Art. XI), Consejero Escolar y
Supervisión Escolar.
Trabajo Social Escolar.
DIRECTOR ESCOLAR (K-12)
2. MaestrÃa o doctorado y una especialidad (18 crs.) en
2. Curso de Práctica Supervisada como director de escuela o su equivalente (un año de experiencia
* Administración y Supervisión Escolar.
como director de escuela) en escuela pública o privada a jornada completa.
3. Cinco (5) años de experiencia como maestro de la sala de clases. La experiencia será
*Por Administración y Supervisión Escolar se pueden
constatada por DE 409 en el Departamento de Educación, en el caso de colegios privados mediante
considerar: Liderazgo Educativo; Gerencia y
certificación de experiencia.
Liderazgo Educativo.
Trabajadores Sociales o Consejeros- cinco (5) años de experiencia en el escenario escolar. La experiencia
será constatada por DE 409 en el Departamento de Educación, en el caso de colegios privados mediante
certificación de experiencia.