Regl. 9375, art. XII-2

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. XII-2

1. Maestría en Consejería Educativa o Consejería Escolar correspondiente y el Registro expedido por el Departamento de Salud, CONSEJERO 2. Maestría en Orientación y Consejería o en Consejería, que incluya ambos documentos tienen que estar vigentes. ESCOLAR nueve (9crs.) en consejería educativa y un curso de internado o práctica docente en un escenario escolar o su equivalente (un año de experiencia como consejero escolar). Requisitos generales: un curso de Introducción al Niño Excepcional, que incluya conceptos de asistencia tecnológica e inclusión, un curso de Integración de Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual 59
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