Regl. 9375, art. XIV-11
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. XIV-11
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1. Bachillerato o maestría en Radiología
1. Dos (2) de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años a jornada
CIENCIAS DE LA
2. Bachillerato dirigido a una de las ramas de las Ciencias de la Salud
parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de Educación
SALUD:
y un grado asociado en Radiología otorgado por una institución
Técnica.
autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de
2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia
TECNOLOGÍA
Norteamérica.
como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con evaluaciones
RADIOLÓGICA
Además, de los requisitos generale, debe incluir cursos en:
satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por
Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia
organismos reconocidos.
tecnológica e inclusión
3. Licencia de la Junta Examinadora correspondiente, en el caso de ocupaciones
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia
reglamentadas por ley o estar debidamente colegiado cuando aplique.
y Virtual
Historia de Puerto Rico
Historia de Estados Unidos