Regl. 9375, art. XIV-11

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. XIV-11

Puede cumplir con una de las siguientes alternativas: 1. Bachillerato o maestría en Radiología 1. Dos (2) de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años a jornada CIENCIAS DE LA 2. Bachillerato dirigido a una de las ramas de las Ciencias de la Salud parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de Educación SALUD: y un grado asociado en Radiología otorgado por una institución Técnica. autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de 2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia TECNOLOGÍA Norteamérica. como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con evaluaciones RADIOLÓGICA Además, de los requisitos generale, debe incluir cursos en: satisfactorias en su desempeño docente de una institución autorizada por Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia organismos reconocidos. tecnológica e inclusión 3. Licencia de la Junta Examinadora correspondiente, en el caso de ocupaciones Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia reglamentadas por ley o estar debidamente colegiado cuando aplique. y Virtual Historia de Puerto Rico Historia de Estados Unidos
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