Regl. 9375, art. XIV-19
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. XIV-19
Bachillerato, maestría o doctorado en Ciencias Agrícolas con una concentración 0
Dos (2) años de experiencia en la industria a jornada completa 0
especialidad en Industrias Pecuarias otorgado por una institución autorizada para
tres (3) años a jornada parcial en la industria relacionada con su área
PRE-VETERINARIA
operar en Puerto Rico o Estados Unidos de Norteamérica.
técnica certificada por el Área de Educación Técnica.
Además, de los requisitos generales, debe incluir cursos en:
Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de
Introducción al Niño Excepcional que incluya asistencia tecnológica e inclusión
experiencia como profesor postsecundario en la enseñanza de la
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual
asignatura, con evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente
Historia de Puerto Rico
de una institución autorizada por organismos reconocidos.
Historia de Estados Unidos
Licencia vigente cuando aplique.
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