Regl. 9375, art. XIV-9
REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO
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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. XIV-9
Puede cumplir con una de las siguientes alternativas:
1. Dos (2) de experiencia en la industria a jornada completa o tres (3) años a
1. Bachillerato o maestría en la especialidad.
jornada parcial en el área técnica relacionada certificada por el Área de
TECNOLOGÍAS DE
2. Bachillerato o maestría en Ingeniería Electrónica o Eléctrica con
Educación Técnica.
INGENIERÍA:
concentración en Biomédica.
2. Un (1) año a jornada completa o dos (2) años a jornada parcial de experiencia
3. Bachillerato o maestría en educación con concentración o
como profesor postsecundario en la enseñanza de la asignatura, con
BIOMÉDICA
especialidad en Educación Ocupacional o Industrial y un certificado
evaluaciones satisfactorias en su desempeño docente de una institución
o grado asociado en Biomédica otorgado por una institución
autorizada por organismos reconocidos.
autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de
Norteamérica.
Licencia vigente cuando aplique.
4. Bachillerato o maestría en Ingeniería Mecánica y un certificado o
grado asociado en Biomédica otorgado por una institución
autorizada para operar en Puerto Rico o Estados Unidos de
Norteamérica.
Además, de los requisitos generales, debe incluir cursos en:
Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia
tecnológica e inclusión
Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a
Distancia y Virtual
Historia de Puerto Rico
Historia de Estados Unidos