Regl. 9375, art. XV-5

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. XV-5

Maestría en Orientación y Consejería o Consejería 1. Dos (2) años de experiencia como consejero en el nivel postsecundario a jornada completa o tres (3) años a jornada parcial con evaluaciones CONSEJERO Además, de los requisitos generales, debe incluir cursos en: satisfactorias de una institución autorizada por organismos reconocidos. PROFESIONAL Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica 2. Licencia como Consejero Profesional de la Junta Examinadora POSTSECUNDARIO e inclusión correspondiente y el Registro expedido por el Departamento de Salud, ambos Integración de la Tecnología en la Educación y Enseñanza a Distancia documentos tienen que estar vigentes. -Virtual
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