Regl. 9375, art. X-16

REGLAMENTO DE CERTIFICACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO

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Cite as Reglamento Núm. 9375, Art. X-16

RUTA ALTERNA Poseer bachillerato, maestría o doctorado en Ciencias de la Salud o Ciencias de Enfermería o Educación concentración en Biología. Curso de metodología de la enseñanza en Educación Ocupacional. (9) créditos básicos en educación, que incluyan los Fundamentos Filosóficos, Sociológicos y Psicológicos Certificación o grado asociado de Masaje Terapéutico o Asistente en Terapia Física otorgado por una institución debidamente reconocida por el Estado. Certificación de experiencia ocupacional (experiencia constatable acumulativa de 1000 horas) en el área de especialidad a certificarse. Además, se observarán en la transcripción de créditos los siguientes cursos: Introducción al Niño Excepcional, que incluya asistencia tecnológica e inclusión Educación Especial intervención para la corriente regular Integración de la Tecnología en la Educación, Enseñanza a Distancia y Virtual Historia de Puerto Rico Historia de Estados Unidos 52 OCUPACIONES RELACIONADAS CON LA SALUD: TECNICO DE FARMACIA
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