Regl. 9377, art. 14 dup2
SOLICITUD DE VISTA ADMINISTRATIVA
Length: 311 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9377, Art. 14 dup2
a. El comercio que desee impugnar una Notificación de Multa Administrativa, deberá
solicitar por escrito la celebración de una vista para expresar su postura en torno a
la violación imputada y/o la cuantÃa impuesta por dicha infracción.
b. La vista administrativa que se celebre a tenor con lo establecido en el inciso a) de
esta Regla deberá garantizar el derecho a ser oÃdo que tiene todo infractor, siendo
el único espacio dentro del cual podrá levantar todas las defensas que estime
pertinentes.
c. Toda vista en torno a procesos de imposición de multas administrativas se centrará
en evaluar si el comercio incurrió o no en la conducta imputada; y/o si dicha
conducta infringe o no alguna ley, reglamento u Orden del Departamento. AsÃ,
pues, todo intento de impugnación deberá ceñirse a dos elementos esenciales: 1) la
suficiencia de la prueba en el expediente; y 2) los fundamentos legales que sean
aplicables.
d. Para garantizar el derecho a ser oÃdo que tiene todo infractor, el Departamento
deberá notificarle la fecha de la vista administrativa con un mÃnimo de quince (15)
dÃas de antelación a su celebración.
e. Previo a la celebración de la vista administrativa, el Departamento pondrá a
disposición del infractor aquella prueba que pretenda someter para acreditar que se
cometió la violación imputada.
f. Todo descubrimiento de prueba deberá ceñirse a aquella evidencia en virtud de la
cual se notificó la multa que el infractor desee impugnar, según obre en el
11
DACO
DEPARTAMENTO ASUNTOS
DEL CONSUMIDOR
expediente administrativo.
g. Para atender aspectos relacionados a la celebración de la Vista Administrativa que
no estén expresamente contemplados en esta Regla, el Juez Administrativo o el
Oficial Examinador a cargo del proceso podrá recurrir al Reglamento de Procesos
Adjudicativos que esté vigente, asà como a Órdenes Administrativas e
Interpretaciones que sean vinculantes para el trámite de las multas administrativas
en el Departamento.