Regl. 9377, art. 14 dup2

SOLICITUD DE VISTA ADMINISTRATIVA

Length: 311 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9377, Art. 14 dup2

a. El comercio que desee impugnar una Notificación de Multa Administrativa, deberá solicitar por escrito la celebración de una vista para expresar su postura en torno a la violación imputada y/o la cuantía impuesta por dicha infracción. b. La vista administrativa que se celebre a tenor con lo establecido en el inciso a) de esta Regla deberá garantizar el derecho a ser oído que tiene todo infractor, siendo el único espacio dentro del cual podrá levantar todas las defensas que estime pertinentes. c. Toda vista en torno a procesos de imposición de multas administrativas se centrará en evaluar si el comercio incurrió o no en la conducta imputada; y/o si dicha conducta infringe o no alguna ley, reglamento u Orden del Departamento. Así, pues, todo intento de impugnación deberá ceñirse a dos elementos esenciales: 1) la suficiencia de la prueba en el expediente; y 2) los fundamentos legales que sean aplicables. d. Para garantizar el derecho a ser oído que tiene todo infractor, el Departamento deberá notificarle la fecha de la vista administrativa con un mínimo de quince (15) días de antelación a su celebración. e. Previo a la celebración de la vista administrativa, el Departamento pondrá a disposición del infractor aquella prueba que pretenda someter para acreditar que se cometió la violación imputada. f. Todo descubrimiento de prueba deberá ceñirse a aquella evidencia en virtud de la cual se notificó la multa que el infractor desee impugnar, según obre en el 11 DACO DEPARTAMENTO ASUNTOS DEL CONSUMIDOR expediente administrativo. g. Para atender aspectos relacionados a la celebración de la Vista Administrativa que no estén expresamente contemplados en esta Regla, el Juez Administrativo o el Oficial Examinador a cargo del proceso podrá recurrir al Reglamento de Procesos Adjudicativos que esté vigente, así como a Órdenes Administrativas e Interpretaciones que sean vinculantes para el trámite de las multas administrativas en el Departamento.
Regl. 9377, art. 14 dup2: SOLICITUD DE VISTA ADMINISTRATIVA | Justis AI