Regl. 9377, art. 3 dup2

INTERPRETACIÓN

Length: 180 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 9377, Art. 3 dup2

Este Reglamento deberá interpretarse liberalmente a favor del principio medular del derecho administrativo, el cual es garantizar que los procedimientos administrativos se efectúen en forma rápida, justa y económica. Ello, en sintonía con el deber ministerial del Departamento de Asuntos del Consumidor de velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos y órdenes que administra, según consignado en la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973. El Secretario podrá emitir interpretaciones oficiales sobre aspectos específicos de 1 DACO DEPARTAMENTO ASUNTOS DEL CONSUMIDOR este Reglamento a las personas o entidades que así lo soliciten por escrito. Las palabras y frases incluidas en este Reglamento se interpretarán según el contexto en que sean usadas y tendrán el significado aceptado por el uso común y corriente. En los casos aplicables, las palabras utilizadas en el tiempo presente incluyen también el futuro; las usadas en el género masculino incluyen el femenino; el singular incluye el plural y el plural incluye el singular. En caso de discrepancias entre el texto original en español y su traducción al inglés, prevalecerá el texto en español.
Regl. 9377, art. 3 dup2: INTERPRETACIÓN | Justis AI