Regl. 9381, art. 9
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Cite as Reglamento Núm. 9381, Art. 9
La JRSP utilizará su página electrónica en la Internet como el medio principal de divulgación y
publicación periódica de información a la comunidad en general. En la misma se dará acceso
permanente y gratuito. La JRSP podrá incluir los siguientes documentos públicos en su página
electrónica:
A. Información Normativa:
1. Leyes pertinentes a la JRSP para sus funciones y facultades
2. Reglamentos
3. Cartas Circulares
4. Memorandos de aplicación general o que afecte a terceros
5. Órdenes Administrativas de aplicación general o que afecte a terceros
6. Informes mensuales sobre las solicitudes de información pública recibidas
B. Normas de Procedimiento de aplicación general:
1. Información programática
2. Interpretaciones Oficiales
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3. Documentos GuÃas
C. Información Operacional:
1. Horarios de operación, directorio telefónico y ubicación de oficinas, servicios que
se ofrecen, procesos de revisión administrativa de las determinaciones del
Negociado de Telecomunicaciones, del Negociado de Transporte y otros Servicios
Públicos, del Negociado de EnergÃa y de la Oficina Independiente de Protección al
Consumidor.
2. Información de contacto de la agencia
3. Los nombres e información de contacto de los Oficiales de Información
4. Estructura Operacional
5. Información presupuestaria y/o administrativa
6. EstadÃsticas
D. Información didáctica y académica:
1. Estudios
2. ArtÃculos
3. Enlaces y referencias relacionados o pertinentes para la misión de la JRSP
E. Comunicaciones Oficiales:
1. Ponencias y memoriales
F. Formularios
G. Anuncios
H. Convocatorias
I. Invitaciones para subastas y actas de adjudicación concedidas o declaradas desiertas
J. La JRSP podrá divulgar, a su discreción, cualquier otra información o documento que
adelante los fines y propósitos de la Ley Núm. 141-2019.