Regl. 9382, art. 4.2
Interpretación
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Cite as Reglamento Núm. 9382, Art. 4.2
El presente Reglamento se regirá por las leyes del Gobierno de Puerto Rico y será interpretado de
acuerdo a las mismas. Asimismo, en la función interpretativa se tomará en consideración la
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naturaleza sensitiva de la misión estatutaria de la JRSP, y el rigor que, por ley o acuerdos con
entidades de ley y orden, se impone para proteger la información confidencial, entre otras
disposiciones de los reglamentos de la JRSP.