Regl. 9387, art. 7.3
El servicio de beca de transportación no será otorgado
Length: 156 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9387, Art. 7.3
cuando:
1. Las necesidades del alumno de Educación Especial no impidan que
asista a la escuela, en igualdad de condiciones con los demás
estudiantes, utilizando la transportación escolar regular.
2. Los padres, juntos O por separado, transportan otros hijos a la
misma escuela o a otra cercana, en la misma ruta o área geográfica.
3. Transportar al menor a la escuela representa, para el padre o
transportista, un desvÃo no mayor de cinco (5) millas, considerando
la ruta ordinaria que este debe transitar para: llevar a otros menores
a centros de cuido O escuelas, acudir a su lugar de trabajo, lugar de
estudio O cualquier otro destino.
a. El COMPU le ofreció a los padres una ubicación apropiada en
una escuela de la ORE más cercana al hogar y estos,
unilateralmente, deciden ubicar al estudiante en otra escuela
más distante, dentro O fuera de la oficina regional educativa
debido a condiciones de preferencia o conveniencia familiar.