Regl. 9387, art. 9-10.5

Deberes y responsabilidades del director de la escuela

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Cite as Reglamento Núm. 9387, Art. 9-10.5

tributaria, funcionario designado para ello en la escuela privada, facilitador docente O director del CSEE: 1. Firmará la nómina de becas para servicios educativos y de terapia, con lo cual certifica que la información y el procedimiento se realizaron correctamente y de acuerdo con lo establecido en este reglamento para los estudiantes ubicados por el DEPR en escuelas privadas, Head Start y Homebound. 2. Se asegurará de que la información en el Sistema MiPE y en los documentos relacionados con las becas de transportación se hayan completado en todas sus partes. 3. Mantendrá archivadas la comunicación escrita de la ORE, la minuta del COMPU que estableció la necesidad de los servicios de transportación y la Hoja de Acuerdo de Millaje y Tarifa. 4. La ORE y las escuelas, en caso de recibir algún cheque por concepto de beca de transportación, deberán realizar las gestiones correspondientes para entregarlos al padre, tutor o encargado de forma expedita. 20
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