Regl. 9387, art. 9-10.5
Deberes y responsabilidades del director de la escuela
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Cite as Reglamento Núm. 9387, Art. 9-10.5
tributaria, funcionario designado para ello en la escuela privada,
facilitador docente O director del CSEE:
1. Firmará la nómina de becas para servicios educativos y de terapia,
con lo cual certifica que la información y el procedimiento se
realizaron correctamente y de acuerdo con lo establecido en este
reglamento para los estudiantes ubicados por el DEPR en escuelas
privadas, Head Start y Homebound.
2. Se asegurará de que la información en el Sistema MiPE y en los
documentos relacionados con las becas de transportación se
hayan completado en todas sus partes.
3. Mantendrá archivadas la comunicación escrita de la ORE, la minuta
del COMPU que estableció la necesidad de los servicios de
transportación y la Hoja de Acuerdo de Millaje y Tarifa.
4. La ORE y las escuelas, en caso de recibir algún cheque por
concepto de beca de transportación, deberán realizar las gestiones
correspondientes para entregarlos al padre, tutor o encargado de
forma expedita.
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