Regl. 9387, art. 9-11

Consideraciones adicionales relacionadas con la emisión del pago

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Cite as Reglamento Núm. 9387, Art. 9-11

de las becas Para que la SAEE pueda emitir el pago de la beca por terapia a los estudiantes elegibles a estos servicios, es importante que la escuela se asegure de que: 1. el PEI del estudiante en el Sistema MiPE se encuentre en estatus de firmado o firmado en controversia e incluya los servicios de beca de transportación; 2. todo cambio en la elegibilidad a los servicios de beca de transportación se incluya de forma inmediata en el PEI electrónico del estudiante (PEI en el Sistema MiPE); 3. la cantidad de millas en el Sistema MiPE sea la correcta de acuerdo con el punto de partida y de llegada del estudiante; 4. no exista cruce de fechas entre la fecha de inicio del PEI original y la fecha de inicio de las enmiendas. En caso de que surja cruce de fecha, deberá comunicarse con el personal de la SAEE para que le brinde la asistencia técnica necesaria para la corrección. 5. la información demográfica del estudiante esté completa en el SIE, incluyendo: número de seguro social, dirección residencial, número de teléfono y dirección de correo electrónico.
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