Regl. 9388, art. 14 dup2
REGLAMENTO PARA LA PRÁCTICA DE E-SPORT EN LAS LIGAS DE CATEGORÍAS MENORES DE PUERTO RICO
Length: 214 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 9388, Art. 14 dup2
Cláusula de Antigüedad
Aquellas personas que al momento de la aprobación de este Reglamento
estén ejerciendo una o varias de las profesiones reguladas, podrá solicitar
continuar su práctica de manera provisional sujeto a las disposiciones de
este artículo.
Deberá someter una Declaración Jurada estableciendo las circunstancias
específicas bajo las cuales hace la solicitud. Como mínimo deberá indicar:
1. Tiempo que lleva trabajando con E-Sports y en qué áreas
se ha desempeñado.
2. Describa Eventos o Clases que ha organizado sobre E-
Sports. Sea específico en cuanto a fechas, lugar, cantidad
de participantes, tipo de participantes (adultos O menores).
3. Mínimo de cinco (5) referencias, con nombre, dirección
física, postal y números de teléfono de personas que
puedan confirmar su experiencia en el área de los E-
Sports.
4. Si su experiencia es como instructor, deberá incluir
nombres e información de contacto de los padres de los
menores a los cuales le ha brindado clases, así como las
fechas.
Deberá cumplir con el pago y todos los documentos necesarios para
obtener la licencia, excepto, por los requisitos relacionados a cursos de
educación continua ofrecidos por el IPDDR, para los cuales se concederá
un término de un año.
La cláusula de Antigüedad expirará a los cuatro (4) meses luego de la
vigencia del presente Reglamento.
20