Regl. 3969, art. 6

Manifestaciones del Hostigamiento Sexual en

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Cite as Reglamento Núm. 3969, Art. 6

el Empleo El hostigamiento sexual en el empleo se puede manifestar en dos de las siguientes formas: 1. "Quid Pro Quo" Este tipo de hostigamiento es mejor conocido como "toma y dame". Este tipo de hostigamiento sexual se da bajo las siguientes circunstancias. a) Cuando la sumisión a esta conducta se convierte de forma implícita O explícita en un término O condición de empleo de una persona, como por ejemplo: recibir una invitación a cenar en la entrevista de empleo, requerimiento de tener que trabajar en la casa del jefe en horas irregulares como condición para conseguir el empleo. b) Cuando la sumisión a esta conducta O rechazo por parte de una persona, se convierte en fundamento para la toma de decisiones en el empleo que afectan a esta persona, ejemplos de estas situaciones pueden ser las siguientes: recibir un aumento meritorio condicionado a que se sostengan relaciones sexuales, O la retención en el empleo a cambio de favorecer a un cliente. 2. "Ambiente Hostil" En este tipo de hostigamiento, la conducta del hostigador tiene el efecto O propósito de interferir de manera irrazonable con el desempeño del trabajo de la persona hostigada O cuando crea un ambiente de trabajo íntimamente hostil u ofensivo. En este tipo de hostigamiento, el supervisor (a), aunque no amenace a la (el) -5- empleada (o) con quitarle un beneficio específico del empleo, su figura de autoridad es lo suficientemente intimidante para crearle el miedo real a la (el) empleada (o) de que ello pueda suceder.
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