Regl. 9390, art. VII-7.5.2
Servicios Prestados
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Cite as Reglamento Núm. 9390, Art. VII-7.5.2
El TEM debe verificar que se han marcado en la hoja los encasillados de
acuerdo con los servicios prestados al paciente, los que deben estar
relacionados con los protocolos establecidos y condición del paciente.