Regl. 9390, art. XV-15.3

REGLAMENTO DEL NEGOCIADO DEL CUERPO DE EMERGENCIA MÉDICAS DEL DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA LA FACUTURACIÓN Y COBROS DE LOS SERVICIOS A INSTITUCIONES, PLANES E INDIVIDUOS

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Cite as Reglamento Núm. 9390, Art. XV-15.3

Facturación por Servicios Especiales y No Directos a Pacientes El personal de facturación del NCEM facturará los servicios Especiales y No directos a pacientes según se describe a continuación: 1. Preparará el Modelo SC 724 -Factura al Cobro a solicitud por los servicios y conceptos descritos en Artículo 12. 2. Registrará en el programa computadorizado existente y seleccionará tarifas y códigos según cubiertas con las diferentes compañías aseguradoras y en los acuerdos contractuales vigentes. 3. Imprimirá y enviará las facturas al cobro con los documentos adicionales según corresponda. FACTURACIÓN Y COBROS DE LOS SERVICIOS A INSTITUCIONES, PLANES E INDIVIDUOS 35
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